Como hemos mencionado en otros artículos, el renting no inmoviliza los recursos de la empresa en bienes que corren el riesgo de depreciarse rápidamente. Esto permite disponer a la empresa de mayor liquidez y ahorrar recursos. Además este servicio no se refleja en el Balance de la empresa permitiéndole una capacidad mayor de endeudamiento en caso de ser necesario.

Se puede decir además que el contrato de alquiler mejora los ratios de endeudamiento, es de fácil contabilidad y gestión, el gasto es controlado, transmite imagen y seguridad.

La prestación de este servicio de arrendamiento tiene por objeto mantener el bien arrendado en buen estado de uso o conservación. En el caso de nuestras fotocopiadoras en Málaga, siempre se incluye este aspecto en el contrato. En el resto de bienes no es obligatorio.

El renting se asocia a un seguro cuya finalidad es tener cubiertos los riesgos a que están sometidos los bienes objeto del contrato por daños o pérdida, así como la responsabilidad civil a que hubiere lugar por daños causados a terceros, en sus personas o en sus bienes. En general, es obligatorio incluir el seguro en todas las operaciones de renting, salvo excepciones muy específicas.

Alguno de los «inconvenientes» asociados al renting es que no conlleva posesión del bien.  El contrato es clave en la firma de un renting porque recoge todos los aspectos relacionados con el proceso.

 

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